martes, 22 de mayo de 2012

DERECHO Y LITERATURA



¿Por qué es importante el dictado del curso de Derecho y Literatura en las universidades?

Reflexiones a partir de la publicación de la Revista Peruana de Derecho y Literatura




 










López Román, Yamily



I.                 INTRODUCCIÓN

Actualmente en países como el nuestro el estudio del Derecho está limitado al estudio de la ley, ya que ésta es  la fuente primordial del Derecho de base románica. Tal como señala el reconocido jurista MONROY Gálvez[1], existe un “entramado positivista en el que una defectuosa formación universitaria y una convenida concepción ideológica  y política han enclaustrado el Derecho.”

Pues bien, el aprendizaje del Derecho  no puede constreñirse únicamente al estudio de la ley, ya que ello  es insuficiente; porque la ley es sólo una de las diversas herramientas que se pueden  emplear para alcanzar el fin último del Derecho, el cual es la justicia.

No obstante, se asume que el positivismo está muy arraigado en nuestro país y esto demuestra “el atraso cultural jurídico o pobreza intelectual de los operadores del Derecho.”[2] Tal como señala Letamendi citado por [3]DELGADO Cintrón en la Revista Peruana de Derecho y Literatura: “El abogado que no sabe más que Derecho, ni Derecho sabe”, frase muy expresiva en cuanto a la oposición del estudio único de la ley para el aprendizaje del Derecho.


De esta manera, el abogado no sólo debe consagrarse al estudio de la ley, si no que debe ir más allá de ella, es decir debe ampliar sus conocimientos mediante los estudios jusliterarios y jusfilosóficos.
Por ello, en el presente ensayo se enfatizará en la importancia que tiene el estudio del Derecho en  la Literatura como instrumento importante en la formación y cultura jurídica dentro de  la enseñanza del Derecho.

II.               DESARROLLO
2.1          EL MOVIMIENTO DERECHO Y LITERATURA
Según OST[4] Françoist citado por Torres, indica que: “El movimiento “Derecho y Literatura” (Law and Literature), muy desarrollado en los Estados Unidos, está aún en gestación en los países francófonos. Fruto de la colaboración entre juristas, filósofos y literatos, dicha corriente de pensamiento no pretende tanto estudiar el derecho como literatura, sino más bien buscar en las grandes obras de ficción respuesta a las preguntas más fundamentales que surgen de la Ley, la Justicia y el Poder”.

De este modo, la finalidad de dicho movimiento, tal como lo señala el profesor peruano TORRES[5] Méndez  en la Revista Peruana de Derecho y Literatura, es: “restablecer al Derecho en su originaria y digna posición humanista, debido a que últimamente se está procurando desviar el Derecho hacia fines utilitaristas económicos, argumentando que la conducta de los seres humanos está parametrada sólo por una racionalidad económica. Así, en base a la supuesta única racionalidad, se argumenta que en el estudio y aplicación del Derecho sólo deben regir variables económicas porque sólo éstas permiten obtener provecho económico o ganancia; o lo que es lo mismo, sólo las variables económicas conducen a la maximización del beneficio personal.”

 Pues bien, dichos postulados forman parte del denominado Análisis Económico del Derecho, tendencia que está teniendo cierta acogida en parte del mundo, lo cual ocasiona la lamentable desviación del Derecho de sus raíces humanistas y la distorsión social del mismo.

2.1.1. Defensores del Movimiento Derecho y Literatura
Existe en la doctrina nacional e internacional una notoria discrepancia en cuanto a la calidad de movimiento jurídico del estudio interdisciplinario “Derecho y Literatura”, ya que, actualmente es uno de los temas más polémicos existentes en el Derecho.
Hay quienes lo reconocen como un auténtico y beneficioso movimiento jurídico, así tenemos a:
·       Françoist Ost, célebre jusfilósofo moderno, Codirector de la Academia  Europea de Teoría del Derecho  en el año 2006 y miembro de la Comisión Consultiva de la Revista Peruana de Derecho y Literatura. 
·       Martha Nussbaum, reconocida doctora de la Universidad de Harvard, profesora de Ética   y “Derecho y Literatura” de la Universidad de Chicago. Autora de una distinguida obra “Justicia Poética”, en la cual destaca a “Derecho y Literatura” como un movimiento jurídico muy importante para el estudio del Derecho y para combatir al Análisis Económico del Derecho.
·       Carmelo Delgado Cintrón, profesor del curso de “Derecho y Literatura” en la Universidad de Puerto Rico.
·       John H. Wigmore, reconocido jurista norteamericano.

2.1.1.1.     Françoist Ost
Precisamente, para [6]Françoist Ost el movimiento “Derecho y Literatura” implica no estudiar  el Derecho como una Literatura, sino al contrario estudiarlo empleando la Literatura y la Filosofía con fines pedagógicos  que permitan un buen análisis, discusión y comprensión del Derecho. Puesto que la Literatura y la Filosofía ennoblecen el estudio y la aplicación del Derecho, facilitando así que éste alcance su fin máximo: la justicia.

·       El reflejo del derecho en la literatura
Asimismo, Françoist Ost manifiesta que el vínculo existente entre el Derecho y la Literatura es más entrelazado de lo que la mayoría de personas perciben. Por ello, señala la existencia de una relación entre estas dos disciplinas al menos hasta en tres dimensiones señaladas a continuación:
a)    Derecho de la Literatura manifestada en la libertad de expresión que gozan los autores, las demandas que surgieron debido a obras que en un principio fueron consideradas como escandalosas, como por ejemplo Madame Bovary.
b)     Derecho como literatura, donde va abarcando al estudio del estilo particular del abogado, donde se pueden comprobar principalmente los métodos de interpretación entre textos literarios y textos jurídicos, tendencia muy desarrollada en los estados Unidos.
c)    Derecho en la Literatura donde se busca el conexo de los textos literarios y el derecho en cuanto ahora lo conocemos.
Esta última relación señalada, es el eje sobre el cual gira el presente ensayo, es decir recalcar la importancia de la literatura para el derecho que  se ve reflejada en cantidad de obras y textos distintos entre si, pero con una vinculación especial con el derecho, desde los libros más famosos y vendidos de todos los tiempos, tal es el caso de la biblia  u otros libros que regulaban situaciones que hasta la actualidad persisten y son materia de regulación por parte del derecho.
Vemos como existe un fino vinculo entre estas dos disciplinas, tal es el caso de la venganza regulada en nuestro ordenamiento y en el libro más vendido como ya se mencionó; la biblia; al igual que la figura del préstamo; que es mencionada en ambas.
La importancia de la literatura y el derecho va mucho más allá de las ficciones que se puedan ver en una historia literaria o en una norma establecida, las distintas historias narran situaciones con trasfondos no muy alejados de la realidad, y el buscar el punto de equilibrio entre estas dos es lo que enriquece el derecho y la literatura, abriendo nuevos panoramas sobre sucesos no apreciados si solo se ven desde un solo ángulo.

2.1.1.2.      Los aportes de “Justicia Poética” de Martha Nussbaum al Movimiento “Derecho Y Literatura”

Éste artículo de Arturo [7]ONFRAY Vivanco manifiesta que desde sus orígenes, el género literario, ha buscado manifestar el mundo del Derecho y sus problemas, tal como lo expresa Esquilo en sus obras Las Euménides y La Orestiada. No obstante, en la segunda mitad del siglo XX, surge recién el “movimiento Derecho y Literatura”, a través del cual se empieza a realizar una reflexión sistemática y organizada sobre la relación entre el derecho y la literatura. Dicho movimiento  tiene como antecedentes los trabajos de una serie de teóricos del derecho, entre ellos Ronal Dworkin y Richard Posner, así como de diferentes críticos literarios, quienes centrarían su atención, esencialmente, en la obra de Hans – Georg Gadamer  y en el problema de la hermenéutica.

Durante la búsqueda de la relación entre el Derecho y al Literatura surge la obra “Justicia Poética”, de la renombrada intelectual Martha Nussbaum, quien manifestó en su obra la necesidad de humanizar al derecho y no basarlo solamente en la teoría utilitarista económica. Por ello, la Literatura debería ser, según señala, un factor de humanización del Derecho, constituyendo un aporte fundamental, particularmente en la elaboración de las decisiones judiciales.

En cuanto a dicha obra, ésta se divide en cuatro capítulos fundamentales, que son: la imaginación literaria, la fantasía, las emociones racionales y los poetas como jueces.
a)    En su primer capítulo, plantea la imaginación literaria, la cual se instituye como “un ingrediente esencial de una actitud ética que exige que nos ocupemos del bien de otras personas, cuya vida es muy distinta de la nuestra.”
b)    En el segundo capítulo, estudia la forma en el que las novelas representan y generan la fantasía (entendida ésta como la capacidad de ver una cosa por otra) , por lo que es,  en tal sentido la parte esencial de la teoría y la práctica de la ciudadanía, siendo  un vivo recordatorio de un sentido humano del valor y un ejercicio en la capacidad de valoración que nos vuelve plenamente humanos y no simplemente un análisis integral de los complejos  problemas humanos que se reducen al cálculo como la teoría utilitarista económica.

c)    En el tercer capitulo, Martha Nussbaum revisa las emociones racionales, las cuales están profundamente asociadas a la Literatura e indica que para que sean buenas guías y no fuerzas ciegas que no tienen nada o no mucho que ver con el razonamiento. Ante ello, los juicios vinculados a las emociones suelen ser falsos, por eso, se debe ante todo estar informado mediante una visión verdadera de lo que sucede y más aún, la emoción debe ser la emoción de un espectador y no la de un participante.

d)    En el cuarto capitulo, la autora destaca la contribución al razonamiento judicial de la imaginación literaria, es decir, la capacidad para ver la vida de las personas a la manera de un novelista; además, como señala Stephen Breyer: “la capacidad para ver la vida de la gente a la manera de novelista es parte importante de la preparación de un juez.”

En suma, el texto de Martha Nussbaum, es un aporte relevante en el mundo jurídico al reconocer la contribución que el género literario, y en particular la novela realiza al Derecho, clásicamente entendido como  un mundo tradicional  asociado a la dogmática jurídica.
3.             LOS MISERABLES
[8]El protagonista Jean Valjean se escapa de la cárcel, donde cumplía prisión injustamente. Valjean andaba desamparado, hasta que toca la puerta del Monseñor Charles Bienvenu Myriel, quien le da hospedaje en su casa por lo que Valjean no sospecha de quien se trata. A pesar del buen corazón de myriel la hurta una media docena de cubiertos de plata, mientras el monseñor dormía.
Valjean abandona el aposento llevándose consigo lo robado. Para su desgracia Valjean es apresado por la policía cuando huía. La policía lo lleva ante la presencia del noble monseñor myriel y este declara habérselos obsequiado. Valjean quedo impactado emocionalmente por esta acción tan noble. Myriel le aconseja al fugitivo Valjean que se regenere y que siga el camino del bien. Luego se marcha despidiéndose del Monseñor. El incorregible Valjean, al día siguiente le roba dos frascos a gervasillo, hacen que Jean Valjean empiece a tomar conciencia de la necesidad de su regeneración. Valjean se cambia de nombre por el de señor Magdalena, y tras el invento de un sucedáneo del azabache se enriquece, fortuna que le sirve para ayudar a los más necesitados. Admirado y querido por el pueblo, es obligado a aceptar el cargo de alcalde pero para su desgracia Valjean se encuentra con su perseguidor Javert, el inspector de policía y trata de recordar con sumo esfuerzo donde ha visto antes al respetado señor Magdalena. Tiempo después, confunden a un campesino que se había robado una rama de manzana con Jean Valjean y luego de una lucha con su conciencia, decide confesar la verdad por lo que es detenido nuevamente. Por aquellos días una humilde y sacrificada madre soltera llamada cantina, deja a su querida hija Cosette al cuidado de los posaderos Thenardier, antes de morir, el protagonista Jean Valjean se proponía proteger a la niña Cosette antes de ser condenado nuevamente, por lo que escapa d la cárcel, rescata a la huerfanita Cosette de la casa de los malvados hermanos thenardier y se van a Paris donde educa a la niña con su gran fortuna.
Luego se dan una serie de acciones: La permanente huida de Jean Valjean, que lo hacen refugiarse en el convento donde Cosette se educaba y trabajaba como jardinero durante 5 largos años; el amor entre Mario de Pontmercy y Cosette; el rescate de Mario que Valjean realiza por las alcantarillas de Paris, huyendo de una barricada donde Mario fue herido y perdiera el conocimiento; el nuevo encuentro con Javert al salir de la alcantarilla y como Valjean salva al policía Javert, a quien los revolucionarios habían sentenciado a muerte; el suicido de Javert cuando decide no hacerlo prisionero, faltando así a lo que él consideraba su deber, en pago al bondadoso proceder de Jean Valjean; el matrimonio entre Cosette y Mario Pontmecccy, y la equivocación que sufre este, que le hace alejar a su esposa de que para ella fue un verdadero padre.
Víctor Hugo es el poeta, novelista y dramaturgo más destacado del romanticismo francés. Los Miserables es la obra maestra de Víctor Hugo y del movimiento romántico, busca describir la realidad social, expresar las opiniones del autor, acerca del sufrimiento e indignación por las injusticias sociales que se vivían en esa época en Francia, amanera de crítica social que hiciera conciencia sobre   el desarrollo de la sociedad integralmente.
La novela se desarrolla durante un momento histórico de violentos cambios sociales en la sociedad francesa, pues se toman temas como la batalla de Waterloo, la caída de Napoleón, la Restauración y la Revolución Francesa.
Abarca gran cantidad de temas, desde los valores, la marginación de personas hasta la misma tragedia de la guerra   a través de varias historias de diferentes personajes que se relacionan con la vida del principal Jean Valjean, temas como la injusticia, la bondad existente todavía en algunas personas , la maldad existente en otras, el destino y la libertad.
A lo largo de la trama surgen personajes que aportan de diferentes formas a la historia del personaje principal, sin embargo lo más interesante es que cada uno de ellos muestra una virtud ó mal particular y por ese hecho podemos definir que todos y cada uno de ellos es miserable en cierto sentido, ya que ninguno de ellos es feliz completamente con la forma en la que vive sino por el   contrario, las circunstancias los hacen ser cada vez más miserables.
·       Análisis del contenido: Presenta y describe al personaje que encarna valores positivos en la obra: El personaje que encarna valores positivos para mi es el arzobispo que apoyo a Jean Valjean, le dio un lugar para vivir y también le hizo reflexionar sobre lo malo que hacía que era robar.

·       Tema o asunto principal: El tema de la obra los Miserables es el perdón como lo hace el Arzobispo con Jean Valjean y luego Jean Valjean perdona a Javert.

·       Valores: Los valores que se dan en esta obra son:

-         El valor del perdón
-        El valor de la reflexión
-        El amor

·         Intención del autor a través de la obra:
La intención del autor a través de esta obra es mostrarnos el valor del perdón y también es que a las personas siempre hay que darles una segunda oportunidad en su vida.

·         Su relación con la realidad:
La relación con la realidad es que aunque han habido poca personas que se les ha perdonado han cambiado y han sido mejores personas las cuales han ayudado a las personas que tenían problemas como los que ellos tuvieron.
El relato de Los Miserables comienza cuando Juan Valjean es condenado a prisión por un pequeño hurto. Cuando logra huir, la cárcel lo ha convertido en un ser embrutecido y marginado por la sociedad. Pero la aparición de un buen hombre le hará comprender que puede elegir entre el bien y el mal. Desde ese momento sus actos serán desinteresados y estarán encaminados a ayudar a los demás. En Los Miserables Víctor Hugo describe la realidad desesperanzada de los sectores bajos del París de mediados de siglo XIX y retrata magistralmente una época plagada de revueltas y cambios que marcarán el principio de una sociedad más justa.
El movimiento Derecho y Literatura (MDL) se centra en la relación interdisciplinaria entre el Derecho y la Literatura. Engloba dos tendencias complementarias: el derecho  en la literatura y el derecho como  literatura.
El Derecho en la Literatura, que consiste en estudiar la posible relevancia de los textos literarios  sobre tópicos legales apropiados para la enseñanza legal, y que en realidad, implica el esfuerzo de elegir la obra literaria adecuada y revelar sus potencialidades para entender el fenómeno jurídico.
El Derecho como Literatura, que pretende la aplicación de las técnicas de la crítica literaria a los textos legales y cuyo desarrollo depende de la creatividad desprendida de ambas disciplinas.
Este movimiento tiene una amplia potencialidad de largo alcance en lo que respecta a: los métodos de enseñanza,  y de  interpretación de textos jurídicos.  Combina la literatura, como la capacidad de proporcionar una visión única de la condición humana a través de texto, con el marco jurídico que regula esas experiencias humanas. En realidad, da un marco democrático  y un nuevo enfoque dinámico para alcanzar los objetivos de proporcionar una solución justa y moral de la sociedad.  Es necesario, en la práctica el pensamiento y la discusión sobre el uso legal de la retórica, para entender el texto en la definición de la experiencia humana.
El derecho se ha convertido en algo deshumanizado, frio y técnico; y a perdido su dimensión cultural. Este ensayo pretende constituirse como un referente de la recuperación cultural del derecho. Una idea que pueda servir como catalizador de todas aquellas iniciativas que se consideran extravagantes distintas y poco ortodoxas, pero que hacen del derecho algo más humano y más cultural.

4.              IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DEL DERECHO Y LITERATURA

Existen diversas razones para considerar el estudio del “Derecho y Literatura”  como una corriente de pensamiento que influye positivamente en la formación y el aprendizaje del Derecho, sobre todo en los estudiantes universitarios, ya que desde la perspectiva literaria y filosófica se puede analizar profundamente el Derecho y diversas cuestiones que surgen de él, mediante el análisis de obras transcendentales, tales como: “El Mercader de Venecia”, “Los miserables”, “El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de La Mancha”, entre otras.

Asimismo, ayuda en la formación del pensamiento crítico y más profundo del lenguaje mediante el análisis de temas centrales como el poder del pueblo, la venganza, la justicia, la igualdad, el poder político, etc.

Otro punto importante es que el estudio del “Derecho y Literatura”  aporta significativamente a la cultura jurídica y a formar una justicia más humanitaria y no sólo limitada a aplicar la ley.
 

III.             CONCLUSIONES

Se concluye entonces que el estudio del Derecho y la Literatura es muy importante para el aprendizaje del Derecho y por ende debería incluirse el Curso de Derecho y Literatura en las universidades de nuestro país, teniendo en cuenta que en países extranjeros como Puerto Rico y México ya lo dictan.
Es importante recalcar que en nuestro país, la única universidad que está analizando el proyecto para enseñar dicho curso es la Pontificia Universidad Católica del Perú y seguramente muy pronto se hará también en las demás universidades, ya que es un curso innovador en cuanto al aprendizaje del Derecho.
Puesto que las obras nos brindan la facilidad de comprender el Derecho en la Literatura mediante el planteamiento de diversas situaciones, ya sea en novelas o cuentos que enseñan de manera didáctica y reflexiva temas relacionados a valores como:  justicia,  equidad, honestidad, lealtad, entre otros, que nos ayudan en nuestra  formación integral para en un futuro próximo ejercer el Derecho no como la estricta aplicación de la ley, sino como un Derecho más humanizado, dejando de lado el positivismo  y el utilitarismo económico.









BIBLIOGRAFÍA

1.     DELGADO Cintrón, Carmelo, “Lo jurídico en Don Quijote, Derecho quijotesco y justicia pancina”.  Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
2.     MONROY Gálvez, Juan. «Prólogo» del libro Jurisprudencia Literaria y Filosófica. La aplicación del Movimiento  “Derecho y Literatura” en la Jurisprudencia, de Miguel Torres Méndez. Lima: Grigley. 2003, p. 20.
3.     OST Françoist. Derecho y Literatura como movimiento jurídico. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
4.     OST Françoist. El reflejo del derecho en la literatura. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.ONFRAY Vivanco, Arturo. Los Aportes de “Justicia Poética” de Martha Nussbaum al Movimiento “Derecho y Literatura”. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006.  ISSN: 1992-397x.
5.     TORRES Méndez, Miguel. Don Quijote como modelo de juez o el triunfo de la caballería medieval como actitud justiciera. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
6.     TORRES Méndez, Miguel. Presentación. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.



[1]MONROY Gálvez, Juan. «Prólogo» del libro Jurisprudencia Literaria y Filosófica. La aplicación del Movimiento  “Derecho y Literatura” en la Jurisprudencia, de Miguel Torres Méndez. Lima: Grigley. 2003, p. 20.
[2]TORRES Méndez, Miguel. Presentación. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
[3] DELGADO Cintrón, Carmelo, “Lo jurídico en Don Quijote, Derecho quijotesco y justicia pancina”.  Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.

[4]OST Françoist. Derecho y Literatura como movimiento jurídico. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
[5]TORRES Méndez, Miguel. Don Quijote como modelo de juez o el triunfo de la caballería medieval como actitud justiciera. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.
[6] OST Françoist. El reflejo del derecho en la literatura. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. ISSN: 1992-397x.

7 ONFRAY Vivanco, Arturo. Los Aportes de “Justicia Poética” de Martha Nussbaum al Movimiento “Derecho y Literatura”. Revista Peruana de Derecho y Literatura. (1): 444p. 2006. 
  ISSN: 1992-397x.
[8] Los Miserables. [fecha de consulta: 1 de diciembre del 2011]. Disponible en: http://laculturajuridica.blogspot.com/2011/02/reflexiones-sobre-el-derecho-la.html

2 comentarios:

  1. Interesante perspectiva...
    Esta frase de Letamendi resume todo: “El abogado que no sabe más que Derecho, ni Derecho sabe”

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